Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en la medida que tengan el certificado válido ante la AFIP, este año tendrán acceso a medidas adicionales con respecto a las ventajas que poseen desde la sanción de la ley 27.264 en el año 2016, para aliviar su carga impositiva.
La mayoría de las ventajas vienen de normas adoptadas por los Gobiernos anteriores y alguna viene de la nueva administración. Estas medidas se encuentran limitadas para los cuatro escalones Pyme (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) en la medida que cuenten con el certificado que se gestiona desde la página Web de la AFIP.
La reciente resolución de la AFIP 5501, dispuso la suspensión de los regímenes de percepción del impuesto al valor agregado y del impuesto a las ganancias, que se aplica sobre las importaciones de insumos que están detalladas en el anexo de la norma.
El año pasado, mediante el decreto 394/23, se aprobaron algunas medidas de alivio fiscal, autorizando a deducir el 30% del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta del 15% de los aportes y de las contribuciones patronales, que rige desde el 1 de agosto del 2023 y hasta el 31 de diciembre de este año.
Como siempre, con el certificado MiPyME vigente, a partir de los ejercicios comerciales que inicien desde el 1 de agosto del año pasado, el primer anticipo del impuesto a las ganancias será del 10%, en lugar del 25%. Esto abarca a todas las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Luego le siguen nueve anticipos más del 10%, en lugar del 8,33% que se aplica para los ejercicios iniciados anteriormente.
Fuente: Ámbito