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Moratoria, la opción para hacer ajustes retroactivos (11/02/2020)
Moratoria, la opción para hacer ajustes retroactivos

El próximo lunes 17 se abre la adhesión a la moratoria impositiva y previsional, y las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) están haciendo números para poder ingresar antes del 31 de marzo, cuando se dan las mejores condiciones.

El principal objetivo del régimen es que las firmas puedan ponerse al día con el fisco y sacarse la mochila de deudas con una financiación accesible. Pero la ley y la reglamentación de la moratoria también permiten aprovecharla para otras situaciones que no implican una deuda. Uno de esos casos es el ajuste de los inventarios de mercadería.

“El empresario puede aprovechar este plan de pagos para actualizar su stock de bienes de cambio en condiciones muy favorables y hay muchas pymes que lo están evaluando”, señala Federico Sfregola, del Estudio Castillo y Asociados.

No son pocas las empresas que tenían sus inventarios subvaluados. O bien porque no los pudieron actualizar (estaban en pesos y no se permitía ajustar) o no lo hacían para pagar menos impuestos. Además, hay que recordar que el ajuste por inflación sólo se pudo aplicar el año pasado a los ejercicios cerrados en abril, mayo, junio y diciembre de 2019.

Pero, tarde o temprano, esta situación tiene que ser regularizada. Y al hacerlo, la diferencia debe pagar el 30 o 35 por ciento de Impuesto a las Ganancias. Para no sumar este costo tributario inmediato (aunque implique reducir impuestos al futuro), las empresas postergaban ese ajuste.

“Si uno tiene un stock subvaluado, el resultado fiscal es menor, pero en algún momento hay que regularizarlo; por ejemplo, uno podría tener una fiscalización, o bien, si quisiera liquidarlo todo tendría que abonar el impuesto de una sola vez. Con la moratoria, es la oportunidad de regularizarlo con condonación de intereses y financiación hasta en 120 cuotas”, agrega el tributarista.

Beneficios

La regularización del inventario se realiza a través de una rectificación de una declaración jurada de Ganancias de años anteriores. Como la moratoria permite incorporar obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019, se podrían ajustar ejercicios cerrados hasta junio del año pasado (cuya presentación vence en el undécimo mes del año).

Incluso, se podrían rectificar varios ejercicios para atrás y los ahorros serían mayores. Es que uno de los principales beneficios de la moratoria es el tope a los intereses: del 10 por ciento del capital para el período fiscal 2018 y obligaciones mensuales vencidas a noviembre; 25 por ciento para años fiscales 2016 y 2017; 50 por ciento para 2014 y 2015, y 75 por ciento máximo para 2013 y anteriores. Sin esta condonación, los intereses podrían ser muy onerosos y superar el monto del capital, sobre todo para deuda más antigua.

Además de esta condonación, que reduce sustancialmente el monto a pagar, el financiamiento en 120 meses (para deudas impositivas, o 60 para seguridad social) es muy atractivo. “Es muy favorable financiar al tres por ciento de interés mensual (los primeros 12 meses y luego a tasa Badlar) y pagar la primera cuota en julio. Hay tiempo hasta el 31 de marzo para obtener las mejores condiciones”, remarca Sfregola. Y recuerda que “lo más importante antes de ingresar al plan es tener el certificado pyme vigente”.

Por supuesto que este régimen de regularización es una oportunidad única para quienes tienen deudas con la Afip o quienes quieran reformular planes de pago anteriores en mejores condiciones. Pero la posibilidad de realizar ajustes retroactivos en las declaraciones de Ganancias de años anteriores se aplica a cualquier Pyme. Sean o no deudoras, todas las empresas deberían estar analizando esta moratoria para ver si la pueden aprovechar.

Fuente: La Voz del Interior