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¿Qué necesita saber una PyME sobre la emisión de ON? (29/05/2012)
¿Qué necesita saber una PyME sobre la emisión de ON?

La emisión de Obligaciones Negociables (ON) por parte de PyMEs constituye un instrumento de financiamiento de mediano plazo poco utilizado en la actualidad, que se presenta como un complemento de otras formas de financiamiento. Además de las ON, en los mercados de capitales se encuentran disponibles otras formas de financiamiento que también pueden resultar atractivas, de acuerdo a las necesidades específicas de cada empresa:

En 2011 en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires se emitieron once ON y VCP por parte de PyMEs, por un valor total de $103 millones (un promedio de $9,4 millones por emisión). Por su parte, de todos los instrumentos mencionados anteriormente, el más utilizado fue el descuento de CPD, cuyo valor negociado ascendió a $1.515 millones en el mismo período, seguido por la constitución de FF que alcanzó el valor de $311 millones.

Algo que diferencia a las ON de las Acciones es que las primeras no implican una apertura de capital a terceros. Es decir, la PyME emisora de una ON sólo se compromete a devolver el capital prestado por los acreedores más los intereses correspondientes. Para emitir una ON se deben cumplir una serie de requisitos y formalidades que estructuran el instrumento, a fin de proteger tanto a la empresa como al acreedor, atendiendo a circunstancias y necesidades que originan la demanda de financiamiento.

En este breve artículo informe se resumen las principales preguntas que se debe hacer un empresario PYME al momento de buscar financiamiento a través de la emisión de un titulo privado en el mercado de capitales, como son las Obligaciones Negociables, y en futuras ediciones se hará lo propio con las otras herramientas disponibles.

1- ¿Qué es una Obligación Negociable?

Es un documento por medio del cual una empresa puede tomar deuda en el mercado de capitales.

2- ¿Cuál es la figura legal que debe tener la sociedad?

La sociedad debe ser inscripta bajo la forma de una sociedad anónima y/o cooperativa, no puede realizarse la emisión en el caso de una sociedad de responsabilidad limitada.

3- ¿Cómo hago para saber si califico como PYME y puedo acceder al régimen simplificado de emisión?

En general para saber si califico como PyME debo fijarme en la resolución 21/2010 de la SEPYME donde se establecen los limites de facturación definidos para cada uno de los sectores.

 Clasificación PyME SEPyME - Según Resolución 21/2010 – Topes de Facturación

Sector

Tamaño

Agropecuario

Industria y Minería

Comercio

Servicios

Construcción

Micro

610.000

1.800.000

2.400.000

590.000

760.000

Pequeña

4.100.000

10.300.000

14.000.000

4.300.000

4.800.000

Mediana

24.100.000

82.200.000

111.900.000

28.300.000

37.700.000

 No obstante, estos límites fueron ampliados por la resolución general 582/2010, estableciendo los topes aplicables al ámbito de las emisiones de las PyMEs en el mercado de capitales. Los límites máximos son los siguientes:

 Clasificación PyME CNV - Según RG 582-2010 a los efectos de emitir acciones u obligaciones negociables – Topes de Facturación

Sector

Tamaño

Agropecuario

Industria y Minería

Comercio

Servicios

Construcción

Pequeña

8.200.000

20.600.000

28.000.000

8.600.000

9.600.000

Mediana

48.200.000

164.400.000

223.800.000

56.600.000

75.400.000

 

4- ¿Qué monto puedo financiar?

El monto máximo es de 15 millones de pesos y el plazo máximo es de 5 años.

Tomando por caso algunas de las ultimas colocaciones que se han realizado en el mercado, los montos han sido de alrededor de un millón de dólares, con tasas que oscilan entre 7 y 8% nominal anual en dólares, para plazos de 3 años máximo.

5- ¿Cuáles son los destinos que le puedo dar a los fondos?

Se pueden financiar inversiones en activos físicos, capital de trabajo, refinanciación de pasivos e integración de aportes de capital.

6- ¿Cómo debo devolver los fondos?

Una de las ventajas del régimen es que el titulo se puede estructurar de acuerdo al flujo de fondos de la empresa. En las últimas emisiones realizadas, la cancelación de los cupones es semestral con pago de intereses y amortización de capital.

7- ¿Cómo debo iniciar el trámite?

Debo buscar un asesor financiero o agente/sociedad de bolsa para definir cuál será la configuración elegida para el instrumento, de acuerdo a mis necesidades y a las condiciones del mercado, esto constituye la etapa de organización y estructuración del instrumento. Posteriormente necesariamente se requerirá la intervención de un agente/sociedad de bolsa para la etapa de colocación de los títulos en el mercado, pero no necesariamente será el que estructure el instrumento. Puede conocerse el listado de agentes/sociedades habilitados en la bolsa de comercio de la región geográfica a la que pertenezco. Ej: Bolsa de Comercio de Córdoba, Rosario, Buenos Aires, Mendoza, etc. Los listados respectivos se pueden encontrar en las paginas Web de cada una de las diferentes Bolsas de Comercio, por ejemplo para la Provincia de Córdoba está disponible en: http://www.mervalcordoba.com.ar/agentes/.

8- ¿Qué documentación debo presentar?

  • - Datos de la Sociedad, domicilio, actividad, sede social, inscripciones, estatutos, nombre de los miembros de la misma.
  • - Acta de asamblea que haya resuelto acceder a financiamiento a través de Obligaciones Negociables con oferta publica.
  • - Presentación de documentación en CNV (Comisión Nacional de Valores) y la posterior aprobación.
  • - Presentación de documentación en Bolsa de Comercio para su posterior aprobación.
  • - Declaración Jurada de encuadramiento Pyme.

9- ¿Cuáles son las ventajas impositivas que tiene el régimen PYME?

Están exentas al impuesto al Valor Agregado las operaciones financieras y prestaciones relativas a la emisión, suscripción, colocación, transferencia, amortización, pago de intereses y cancelación de ON y sus garantías.

Impuesto a las Ganancias: la emisora podrá deducir en cada ejercicio la totalidad de los intereses, actualizaciones, gastos y descuentos de emisión y colocación de ON, siempre que sean colocados por oferta pública. Por otro lado, también se encuentran exentos del Impuesto a las Ganancias, los resultados provenientes de la compra, venta, cambio, permuta, conversión y disposición de obligaciones negociables, como así también los intereses, actualizaciones y ajustes de capital; en beneficio del inversor.

10- ¿Cómo puedo garantizar la emisión?

El pago periódico de capital e intereses puede estar avalado por diversas formas de garantía, a los fines de disminuir el riesgo para los inversores y lograr menores costos de financiamiento.

  • - Garantía común: el respaldo está dado por el patrimonio de la empresa emisora. Si la empresa se encuentra bien posicionada en el mercado y cuenta con una trayectoria de solvencia y buena administración, puede ofrecer este tipo de garantía.
  • - Garantía especial: el pago de intereses y capital se asegura afectando uno o varios bienes determinados susceptibles de hipoteca.
  • - Garantía flotante: el pago se encuentra respaldado por bienes muebles, inmuebles y derechos de la entidad emisora, indeterminados.
  • - Prenda: posibilidad de garantizar el pago de capital e intereses con una prenda que recaiga sobre títulos valores, papeles de comercio negociables,  créditos pertenecientes a la empresa, o sobre un fondo creado por la empresa (conformando un fideicomiso) para atender los servicios del empréstito.
  • - Garantía personal: donde la emisión se encuentra respaldado por un tercero diferente a la emisora. De esta manera, el obligacionista puede reclamar a dos o más deudores y no sólo a la empresa emisora.
  • - Por entidades financieras, Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) u otra empresa.